Extremadura, 30/10/2025
Comunicado de Prensa
Un año más, sigue sin haber soluciones a la carencia de un espacio para el enterramiento islámico en Extremadura. Ya son 25 años de espera desde la primera petición de la comunidad musulmana pacense al ayuntamiento de Badajoz. Otras peticiones se presentaros a los ayuntamientos de Talayuela y Plasencia.  
A pesar de que la negativa de los ayuntamientos impide un derecho reconocido por ley y vulnera el derecho fundamental a la libertad religiosa, se sigue cerrando los ojos ante el sufrimiento de las familias musulmanes que se ven obligadas a trasladar sus fallecidos a otras provincias lejanas o repatriarles a sus países de origen. 
La Consejería de Sanidad y Políticas Sociales y el Servicio Extremeño de Salud, realizaron en mayo de 2019 actuaciones informativas dirigidas a las administraciones locales a fin de dar a conocer la viabilidad de la práctica de la inhumación por el rito islámico siempre, firmando un protocolo de colaboración con la Comisión Islámica de España en Extremadura con el fin de facilitar al máximo la aplicación de las reglas en este tipo de enterramientos.
Durante este largo tiempo de espera, optamos por el dialogo como única vía con la administración para conseguir tal derecho establecido con claridad en el artículo 2.5 de la Ley 26/1992, que regula la cooperación entre el Estado español y la Comisión Islámica de España, pero lamentamos el rechazo de las administraciones locales a cumplir y satisfacer esta demanda humana. 
El derecho al enterramiento islámico es jurídicamente concluyente, claro y no da lugar a ambigüedades, no hay necesidad de buscar interpretaciones adicionales. Ante una demanda judicial de la comunidad musulmana de Algeciras, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Algeciras ha dictaminado en marzo 2025 que el Ayuntamiento deberá proporcionar un espacio en el cementerio municipal destinado a la inhumación de personas de fe musulmana según los preceptos islámicos.
También el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Cartagena (Murcia) ha fallado en junio 2025 una sentencia a favor de la petición de Comunidad Islámica Afamuca en su demanda de un espacio en el cementerio municipal para los enterramientos islámicos. El fallo considera que esta omisión vulnera el derecho fundamental a la libertad religiosa, consagrado en el artículo 16 de la Constitución Española.
El dato curioso es que Extremadura ha contado con enterramientos islámicos en el 1936 en municipios como Cáceres, Villafranca de los Barros, Guareña y Zafra, sin reapertura actual. 
Como representante legal de la comunidad musulmana en Extremadura hago un llamamiento a la presidencia del gobierno de Extremadura y a la delegación del gobierno para facilitarnos los canales de comunicación con las administraciones locales con el fin de trabajar y buscar una solución a este problema que lleva muchos años sin solución. 
Extremadura, 30/10/2025 
Adel Najjar                                                                                                                                              Delegado de la Comisión Islámica de España en Extremadura 

 
 
 
 
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